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Artículo 17 diciembre 2025

Combatiendo la deforestación a nivel europeo: el Reglamento EUDR se aplica a ingredientes cosméticos y envases

Como parte del Pacto Verde Europeo, las normativas medioambientales se han multiplicado y reforzado. Esto es especialmente cierto en la legislación antideforestación, con el nuevo Reglamento Antideforestación, también conocido como EUDR, que introduce nuevas restricciones para las partes interesadas afectadas. En la industria cosmética, más allá de la madera y los materiales a base de madera utilizados en envases (papel, cartón), también se trata de cadenas de suministro de aceite de palma, cacao y café .

Aunque el marco regulatorio específico del sector para productos cosméticos es generalmente bien conocido por los actores del sector, representa solo una parte de las restricciones aplicables. Como cualquier producto de consumo, un producto cosmético también está sujeto a regulaciones horizontales, incluidas aquellas relacionadas con el medio ambiente. A nivel europeo, estos requisitos se están volviendo cada vez más estrictos, como lo ilustra la creciente complejidad de la legislación antideforestación, cuyo alcance se amplía para incluir los recursos utilizados dentro de la cadena de valor de los cosméticos.

¿Qué es el Reglamento Antideforestación?

En 2023, la Comisión Europea publicó  el Reglamento (UE) 2023/1115 (conocido como Reglamento sobre la Deforestación o EUDR – Reglamento de la Unión Europea sobre la Deforestación), destinado a sustituir al Reglamento (UE) nº 995/2010 (el Reglamento sobre la Madera). Este nuevo texto tiene como objetivo combatir tanto la deforestación nacional como la importada:

  • El 90% de la deforestación se debe a la conversión de tierras en agricultura para la producción de ganado, soja, café y cacao;
  • El 11% de las emisiones de gases de efecto invernadero provienen de la deforestación;
  • La UE representa el 10% de la deforestación global asociada a la producción de bienes y servicios.

El reglamento prohíbe la colocación en el mercado de la UE o la exportación desde la UE de productos que hayan contribuido a la deforestación o degradación forestal después del 30 de diciembre de 2020. Los operadores económicos deben asegurarse de que los productos listados en la regulación cumplan con tres obligaciones clave:

  • Deforestación cero: los productos deben proceder de terrenos que no hayan sido objeto de deforestación después del 31 de diciembre de 2020 (parcelas de cultivo existentes antes de esa fecha, con trazabilidad mediante coordenadas GPS), o, en el caso de la madera, hayan sido talados sin causar degradación forestal después de la misma fecha;
  • Cumplimiento de la legislación del país de producción (derecho laboral, fiscalidad, normativas medioambientales, etc.);
  • Realización de la debida diligencia antes de poner los productos en el mercado.

Inicialmente programada para finales de diciembre de 2024, la implementación se  ha pospuesto hasta el 30 de diciembre de 2025 para grandes empresas y el 30 de junio de 2026 para pequeñas y microempresas. Aún se están debatiendo sobre un posible segundo aplazamiento de un año, debido a la complejidad de la implementación de este reglamento, especialmente en lo que respecta a los controles llevados a cabo por las autoridades competentes en los Estados miembros de la UE.

¿Qué recursos están cubiertos por el Reglamento EUDR?

El reglamento antideforestación especifica los productos relevantes y sus derivados* (listados en el Anexo I): cacao, soja, palma aceite, ganado vacuno, café, caucho y madera.

La industria cosmética se ve directamente afectada por las tres primeras materias primas y sus derivados:

  • Cacao: granos de cacao, residuos de cacao, pasta de cacao, manteca de cacao, grasa y aceite de cacao, cacao en polvo, chocolate;
  • Soja: soja, harina de soja, aceite de soja (incluso refinado pero no modificado químicamente), pastel de aceite y otros residuos sólidos;
  • Aceite de palma: nueces y semillas de palma, aceite de palma crudo, aceite de palma y aceite de babassú (incluso refinado pero no modificado químicamente), torta de aceite y otros residuos sólidos, glicerol, ácido palmítico, ácido esteárico, ácidos monocarboxílicos acíclicos saturados, ácido oleico, ácidos grasos monocarboxílicos industriales, aceites ácidos de refinación, alcoholes grasos industriales.

* Productos que contienen estos productos, que han sido alimentados con ellos o que se han fabricado con ellos.

También hay que tener en cuenta la madera, especialmente para materiales de embalaje (madera, cartón, papel). Si el embalaje está dentro de la EUDR depende de su estatus (puesto en el mercado como tal o asociado con los productos que contiene). Por tanto, el embalaje que soporte, protege o transporta un producto no está sujeto a la EUDR.

El aceite de palma merece especial atención, ya que algunos tipos actualmente en uso pueden no cumplir con los requisitos de la EUDR. Este es el caso, por ejemplo, de la  clasificación «balance de masas» de la RSPO (Mesa Redonda sobre Aceite de Palma Sostenible), que no cumple con los requisitos de trazabilidad. En cambio,  las calificaciones de «segregado» e «identidad preservada» serían cumplidas.

¿Qué impacto tiene en la cadena de valor de los cosméticos?

El nivel de obligación varía en función del papel de los actores implicados en relación con las materias primas.

  • El operador es responsable de colocar productos en el mercado de la UE o exportarlos desde la UE. Se aplican todas las obligaciones: responsabilidad por el cumplimiento, la debida diligencia y su declaración, el mantenimiento de un registro de declaraciones y la transmisión de información a los comerciantes. Esto incluye, por ejemplo, que un fabricante de ingredientes cosméticos importe aceite de palma.
  • El comerciante es responsable de poner los productos a disposición del mercado de la UE. Las obligaciones varían según el tamaño de la empresa (con las pymes sujetas a menos requisitos), pero la obligación principal sigue siendo la recopilación de información. Esto suele aplicarse a distribuidores de ingredientes cosméticos.
  • Los actores aguas abajo, como los fabricantes de productos terminados, no están sujetos a obligaciones directas bajo la normativa. Sin embargo, tienen el deber de verificar el cumplimiento de los proveedores para asegurar el suministro de ingredientes. De hecho, los operadores o comerciantes sujetos a controles de autoridades nacionales se enfrentan al riesgo de bloqueo o incautación de productos en casos de incumplimiento, lo que puede poner en peligro las cadenas de suministro posteriores. También existe un riesgo reputacional, ya que las sentencias finales contra actores no cumplidores se publicarán en la página web de la Comisión Europea («nombre y vergüenza»).

También puede haber preocupaciones sobre la disponibilidad de materias primas que ya cuentan con cadenas de suministro conformes y rastreables, lo que podría llevar a un aumento de la demanda. En previsión de estos nuevos requisitos, es probable que  surjan cada vez más alternativas a los ingredientes derivados del aceite de palma. Esta tendencia ya se está convirtiendo en un argumento de marketing para algunos proveedores de ingredientes.

Al mismo tiempo, EUDR representa una oportunidad para alinear más estrechamente los productos cosméticos con las expectativas de los consumidores en materia de sostenibilidad y para fortalecer la reputación de la marca comunicando compromisos claros en este ámbito.

Conclusión

La implementación del nuevo reglamento antideforestación, una ambiciosa iniciativa europea, introduce obligaciones importantes y nuevas, especialmente para los proveedores de materias primas e ingredientes. Requiere una transformación profunda de las cadenas de suministro y la implicación de todos los actores a lo largo de la cadena de valor. No obstante, también representa una oportunidad para convertir las limitaciones regulatorias en una ventaja competitiva y reputacional. En el mismo espíritu, las próximas normativas que regulan el uso del agua exigen un enfoque proactivo, permitiendo a las empresas transformar los desafíos de cumplimiento en motores de innovación.

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